Ayer, la Asociación de Veteranos de nuestra ciudad, emitió un comunicado en el que informa que el Tribunal de Disciplina de la Federación Argentina de Fútbol de Veteranos (FAFUV), ratifica la sanción de tres años para 19 jugadores de Petroquímica -categoría mayores de 50 años-, entendiendo que cometieron una falta grave en el torneo nacional que se concretó en Octubre, en Cipolletti.
El comunicado es el siguiente:
Comodoro Rivadavia, 21 de Diciembre de 2019
FALLOS FAFUV 2019 QUE AFECTAN A LA AFUSECRI.
El Tribunal de Disciplina de A.Fu.Se.C.Ri. informa que según el Acto Resolutivo de fecha 28 de Octubre de 2019 y su posterior rectificación de fecha 13 de Diciembre del corriente, el Tribunal de Disciplina de la FAFUV Resuelve y publica en su página oficial lo siguiente:
CATEGORÍA MÁSTER (FAFUV) – SuperMaster (AFUSECRI)
TODOS LOS INTEGRANTES DEL EQUIPO Petroquímica – Ver Listado debajo – (Comodoro Rivadavia – Chubut)- 3 años.
Listado de integrantes de Petroquímica
Jugadores
Rolando Garrido
Marcelo Rubén Sánchez
José Alberto Solorzano
Juan Andrés Castillo Acosta
Marcelo Eduardo Monroy
Julio Cesar Martínez
Daniel Alfredo Nopay
Gerardo Daniel Ochoa
José Fernando Mansilla Argel
José Ángel Maluchelli
Víctor Hugo Porcel
Miguel Ángel Pérez
Jorge Fernando Perez
José Daniel Gueicha
Juan Indalicio Mansilla Argel
Daniel Oscar Macías
Jorge Luis Porcel
Delio Albino Carrizo
Walter Marcos Leunda
Cuerpo Técnico
DT JORGE ALBERTO FINOQUETTO AC JULIO ALEJANDRO JOURSIN
Así también, comunicamos los siguientes fallos que se deben aplicarse en nuestros torneos:
CATEGORÍA MAXI (FAFUV) – Máster (Afusecri)
José Leonardo Herrera- Talleres de Comodoro Rivadavia (Chubut)- 1 Año
CATEGORÍA SENIORS (FAFUV) – Senior (Afusecri)
Darío Moreno- Rada Tilly- Comodoro Rivadavia (Chubut)- 1 Año.
Nota del Código de Disciplina de la FAFUV:
• El jugador que participe en 2 Categorías, deberá cumplir la sanción impuesta, en la Categoría que fue expulsado y/o informado.
•Las sanciones impuestas deberán cumplirse en los Campeonatos Argentinos. En aquellos casos que las sanciones sean por Tiempo (1 año o más) por conducta violenta a un rival, agresión física a un rival o terna arbitral, deberán ser inhabilitados por las Asociaciones Deportivas o Ligas Regionales y/o Provinciales, en el ámbito de su propio Calendario Deportivo.